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Cascos, patinetes, motos y adelantamientos: las nuevas normas de tráfico que entran en vigor

La reforma del Reglamento General de Circulación introduce cambios, modifica las obligaciones de los usuarios de la vía y refuerza la protección de peatones y otros colectivos vulnerables

Desde este 1 de octubre de 2026 entra en vigor la mayor parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio. El nuevo marco modifica numerosas reglas de circulación y sitúa en el centro la protección de los llamados usuarios vulnerables, entre ellos peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).

La reforma incorpora además, por primera vez, una definición formal de «usuario vulnerable» y un título específico dedicado a la circulación en vías urbanas. El objetivo declarado por la Administración es adaptar unas normas que llevaban dos décadas sin una revisión de este alcance a la transformación experimentada por la movilidad.

Patinetes: 15 años como edad mínima y casco obligatorio

Los usuarios de vehículos de movilidad personal, como los patinetes eléctricos, deberán tener al menos 15 años para conducirlos.

El casco de protección pasa a ser obligatorio, mientras que durante la noche o cuando exista escasa visibilidad será obligatorio utilizar un chaleco reflectante.

Los VMP deberán circular por las vías autorizadas y, fuera de los núcleos urbanos, únicamente podrán hacerlo por vías segregadas del tráfico a motor, como vías ciclistas o carriles bici, salvo que exista una prohibición señalizada.

Hay, además, un cambio que todavía no entra en vigor: el alumbrado obligatorio permanente de los VMP, incluso durante el día, comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.

Los ciclistas tendrán nuevas reglas al circular por carretera

La reforma endurece y concreta las condiciones para adelantar a bicicletas en vías interurbanas.

Cuando un vehículo adelante a un ciclista deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía, mantener una distancia lateral mínima de 1,5 metros y, cuando la carretera tenga más de un carril por sentido, realizar el cambio completo de carril.

También desaparecen las exenciones que permitían a determinados ciclistas circular sin casco en vías interurbanas: el casco será obligatorio para todos los ciclistas en este tipo de vías.

En ciudad, los ciclistas podrán circular preferentemente por el centro del carril y deberán mantener una distancia mínima de cinco metros respecto a los vehículos a motor que circulen detrás de ellos por el mismo carril.

Además, en determinadas calles urbanas de un único carril y con velocidad máxima de 30 km/h, podrán circular en ambos sentidos, cuando las condiciones y la regulación de la vía lo permitan.

Más obligaciones para motoristas y ciclomotores

Los conductores de motocicletas y ciclomotores deberán utilizar calzado cerrado en cualquier tipo de vía.

En las vías interurbanas, los motoristas deberán llevar guantes de protección. La regulación específica de las características técnicas de estos guantes queda pendiente de la correspondiente orden ministerial.

Los motoristas también podrán circular por el arcén derecho en situaciones de congestión, siempre que el tramo esté señalizado y no superen los 30 km/h.

En el caso de los ciclomotores, el requisito de utilizar un casco homologado, y no simplemente certificado, se aplaza hasta el 1 de octubre de 2027.

Los repartidores tendrán obligaciones específicas

La reforma presta especial atención a quienes utilizan vehículos de dos ruedas para trabajar.

Los profesionales que desarrollen su actividad utilizando bicicletas, VMP, ciclomotores o motocicletas deberán utilizar casco y chaleco reflectante durante toda la jornada laboral.

La medida afecta especialmente a los trabajadores dedicados al reparto y a otras actividades profesionales realizadas mediante vehículos de movilidad personal o motocicletas.

Nuevas reglas para peatones y zonas urbanas

El nuevo Reglamento también introduce modificaciones dirigidas a reforzar la seguridad de los peatones.

En los pasos para peatones regulados mediante semáforos, como norma general, la luz ámbar intermitente para los vehículos no podrá coincidir con la luz verde no intermitente para los peatones.

En las calles con plataforma única, los peatones tendrán prioridad. Además, la reforma reconoce jurídicamente los denominados caminos escolares seguros, destinados a facilitar que los menores puedan desplazarse hasta los centros educativos a pie, en transporte público o mediante medios de movilidad no motorizados.

Así deberán actuar los conductores ante una retención

Una de las novedades que afecta directamente a los conductores se refiere a las retenciones en autopistas y autovías.

Cuando los vehículos estén detenidos o circulen a velocidad de paso de peatón, deberán colocarse de forma que quede libre un espacio para permitir el paso de vehículos prioritarios y servicios de emergencia.

En una vía de dos carriles, los vehículos deberán apartarse hacia ambos lados para dejar libre el espacio central. En una vía de tres carriles, los vehículos del carril izquierdo deberán desplazarse hacia la izquierda y los de los carriles central y derecho hacia la derecha.

Más restricciones cuando hay nieve

La reforma establece también nuevas normas para situaciones de circulación complicada por nieve.

En autopistas y autovías estará prohibido adelantar cuando la circulación se vea dificultada por la nieve. Además, deberá mantenerse libre el carril izquierdo para facilitar el paso de vehículos de emergencia y quitanieves.

Cinturón obligatorio en más situaciones

El Reglamento elimina determinadas exenciones relativas al uso del cinturón de seguridad.

A partir de ahora será obligatorio en todo momento para conductores de taxis, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción.

Se mantiene una excepción específica para los pasajeros de determinadas ambulancias asistenciales cuando, durante un servicio de urgencia, ocupen el habitáculo destinado a la asistencia sanitaria en ruta.

También cambian las reglas para las autocaravanas

Las autocaravanas tampoco quedan fuera de la reforma.

Los vehículos de este tipo no podrán extender elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán descansar sobre sus neumáticos y no podrán realizar vertidos de fluidos procedentes del habitáculo.

No todo entra en vigor este 1 de octubre

Aunque la reforma comienza a aplicarse este jueves, no todas las modificaciones lo hacen al mismo tiempo.

El alumbrado permanente de los vehículos de movilidad personal y el requisito de casco homologado para los usuarios de ciclomotores quedan aplazados hasta el 1 de octubre de 2027. La obligación específica de utilizar guantes de protección homologados por parte de los motoristas quedará vinculada a la entrada en vigor de la orden ministerial que determine sus características técnicas.

La DGT ha puesto en marcha una campaña informativa para explicar los cambios y ha anunciado que continuará difundiendo las nuevas reglas durante las próximas semanas.

Un nuevo marco para peatones, bicicletas, motos y patinetes

La reforma supone un cambio relevante en la forma en que el Reglamento aborda la movilidad. Por primera vez, la norma incorpora expresamente el concepto de usuario vulnerable y dedica un apartado específico a la circulación urbana.

El nuevo escenario afecta a prácticamente todos los usuarios de la vía: desde quien conduce un coche hasta quien utiliza un patinete, una bicicleta o una motocicleta, pasando por peatones y profesionales del reparto. Desde este 1 de octubre, muchas de las reglas con las que se circulaba hasta ahora quedan modificadas.

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